“…Los latinoamericanos somos pobres porque es rico el suelo que pisamos…”
Eduardo Galeano. Las venas abiertas de América Latina.
Latinoamérica: el nuevo Medio Oriente
La invasión estadounidense a Venezuela marca un punto de inflexión civilizatorio. No se trata solamente de un conflicto geopolítico regional, ni de la suerte particular de un gobierno cuestionado. Lo que está en juego es la arquitectura normativa del orden internacional surgido tras la Segunda Guerra Mundial: un sistema que, si bien nunca eliminó la violencia ni garantizó la justicia plena, al menos sometió el ejercicio de la fuerza a un lenguaje jurídico común, a procedimientos reconocibles y a límites, aunque fueran formales, al poder arbitrario.
Este ensayo sostiene una tesis incómoda: la intervención en Venezuela no constituye una anomalía ni una excepción, sino la manifestación descarnada de una transformación estructural más profunda. La fuerza vuelve a ser el criterio último de legitimidad, y el derecho internacional se convierte en un instrumento retórico al servicio de quien tiene capacidad de imponerlo selectivamente.
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Me interesa →Desde una perspectiva filosófico-política anclada en Hobbes y Locke, argumentaremos que esta erosión normativa no representa un avance histórico, sino una reversión hacia formas anteriores de organización del poder. La historia moderna se construyó precisamente para domesticar la violencia mediante reglas generales, no para glorificarla.
Finalmente, analizaremos cómo la emergente multipolaridad (Estados Unidos, China, Rusia) agrava este escenario: no porque falte poder, sino porque coexisten varios poderes sin ley común. El resultado no es pluralismo ni equilibrio, sino competencia permanente entre potencias que actúan como jueces y partes.
Este texto no busca consenso fácil, sino memoria histórica y miedo bien dirigido: el miedo a perder aquello que, con todos sus horrores, nos separó del mundo pre moderno de la conquista, la rapiña y la sumisión.
I. El principio de soberanía y su quiebre estructural
1. La soberanía como fundamento irrenunciable
Desde una perspectiva de filosófica como solemos adoptar en nuestros análisis, entrecruzando filosofía, política y pensamiento crítico, la invasión de Estados Unidos a Venezuela nos atraviesa dado nuestro rol de abogados, hombres de derecho, y defensores del orden jurídico. Y aunque solemos sostener nuestras opiniones con pasión y racionalidad, el signo de los tiempos, marcado por el artificio, la posverdad y la mentira, pone en peligro nuestra racionalidad, nuestra profesión y también nuestra vida en general.
Sin temor a equivocarnos, y más allá de las simpatías o rechazos hacia Maduro, Chávez o el chavismo, entendemos que lo que está en juego trasciende las personalidades políticas. Cuando un Estado-nación, soslayando el principio de soberanía y Estado de Derecho, lanza un ataque militar contra otro país soberano para luego declarar que gobernará “…hasta que estén dadas las condiciones para una transición ordenada…”, se quiebra algo fundamental. Para quienes creemos en el orden jurídico y en los principios que sostienen nuestra práctica profesional, esto no puede pasar inadvertido.
Ante todo dejo en claro, sin ambigüedad alguna que estoy absolutamente en contra de la invasión y del secuestro de un presidente de otro país, sea quien sea. Ningún Estado puede arrogarse el patrimonio exclusivo de la ética, la verdad y la justicia, y menos aún EEUU, cuya historia demuestra de lo que es capaz.
Podría entender a pesar de lo extraño que resulte, que personas celebren la invasión a su propio país, celebrando la caída de alguien a quien consideran malvado o delincuente. Lo más preocupante resulta esa transgresión cuando un Estado extranjero decide invadir militarmente a otro, secuestrar a su mandatario y anunciar que gobernará el país hasta que “…las cosas estén encaminadas…”.
De manera inevitable, surge la pregunta: ¿es este el nuevo estándar del derecho internacional? ¿Podemos, en nombre de la democracia y la justicia, legitimar una acción que destruye la soberanía, el Estado de Derecho y los principios que supuestamente defendemos como juristas?
2. La falacia del “tú también” y la normalización de la violación normativa
Poner las luces entre Trump y Maduro es, evidentemente, una falacia. El problema que se nos plantea hoy es si aceptamos este nuevo ejercicio de la fuerza como derecho internacional o no. Está lleno de dictaduras el mundo, y Estados Unidos elige a esta, como en su momento eligió a Noriega. Siempre invade cuando hay intereses económicos: canal transoceánico, petróleo.
La falacia tu quoque (literalmente “tú también” en latín) sugiere que la frecuencia de una conducta altera su naturaleza ética, porque si muchos lo hacen, quizás no sea tan malo. Sin embargo, esto constituye un error lógico y jurídico fundamental.
Resulta una gran ironía que, en nombre de la democracia y la justicia, se legitime una acción que destruye la soberanía, el Estado de Derecho y los principios que supuestamente defendemos como juristas. Mientras tanto, el verdadero motivo (el petróleo venezolano) queda cuidadosamente disfrazado de cruzada moral.
Algunos podrían justificarlo diciendo que se trata de liberar a un pueblo de un dictador. Pero esa es la narrativa que Estados Unidos ya ha repetido una y otra vez en Irak, Libia, Afganistán, todos estas, naciones supuestamente liberadas de los regímenes sangrientos que los gobernaban, hoy convertidos en ejemplos de sociedades devastadas. La paradoja se vuelve aún más evidente cuando se observa que regímenes como el de Arabia Saudita, que descuartiza periodistas y decapita opositores, no sean objeto de invasiones ni de cruzadas moralizantes. La diferencia es clara, ya que esos dictadores son aliados estratégicos de Washington.
Resulta evidente que la intervención en Venezuela no responde a un altruismo democrático, sino a intereses estratégicos. El propio Trump lo ha explicitado al expresar que se irán “…cuando las cosas estén encaminadas…”, aunque todos sabemos que lo que buscan es quedarse con el petróleo.
3. El concepto de “Estado fallido” como justificación ideológica
Este concepto (failed state), fue popularizado principalmente por Gerald Helman y Steven Ratner en un artículo de 1992-1993 publicado en Foreign Policy bajo el título “Saving Failed States”. Desde entonces, posee prominencia académica, particularmente con el trabajo de Robert Rotberg, quien en 2003 publicó State Failure and State Weakness in a Time of Terror, estableciendo criterios más sistemáticos para identificar estados fallidos. Otros académicos importantes que han contribuido al desarrollo de esta teoría incluyen a William Zartman (con su trabajo sobre colapso estatal en África) y Ashraf Ghani y Clare Lockhart, autores de Fixing Failed States (2008).
Sin embargo, el concepto ha sido objeto de intenso debate crítico, ya que diversos analistas argumentan que puede servir como justificación ideológica para intervenciones extranjeras, reflejando sesgos occidentales sobre lo que constituye un Estado funcional. La categoría de Estado fallido opera, en este sentido, como un dispositivo retórico que naturaliza la excepcionalidad: si un Estado “falla”, entonces las reglas del derecho internacional dejan de aplicarse.
Aquí emerge la pregunta fundamental: ¿puede este concepto académico legitimar la suspensión unilateral del derecho internacional? ¿Es suficiente la calificación efectuada por un Estado más poderoso o desarrollado respecto de otro Estado soberano, como como fallido para justificar una invasión sin respeto a absolutamente ninguna regla jurídica internacional? La experiencia histórica sugiere que esta categoría no describe una realidad objetiva, sino que construye un relato que habilita la intervención, Así el derecho se convierte en condicional, aplicable solo a quienes cumplen con estándares definidos unilateralmente por las potencias dominantes.
4. La narrativa falsa de la “operación quirúrgica”
Es falsa la narrativa desplegada de que la operación estadounidense fue quirúrgica y solo se encargó de la extracción del presidente venezolano. En realidad, la operación militar incluyó enfrentamientos con las fuerzas venezolanas y bombardeos, con un saldo de víctimas fatales tanto de civiles como de miembros de las fuerzas armadas del país agredido. Una mezcla de operaciones militares ya conocidas como en Afganistán contra Bin Laden o en Panamá contra Noriega, donde EEUU desplego todas sus capacidades militares y tecnológica. Esto marca la imposición de un disciplinamiento muy fuerte: el mismo Trump dijo de manera explícita que los próximos son Cuba, Colombia, México, y hasta Groenlandia, expresando más que explícitamente que están dispuestos a usar la fuerza.
5. Conclusión: más allá de personalidades, lo que está en juego es el principio
Conscientes de la gravedad civilizatoria del momento histórico, advertimos que la tolerancia frente a estas conductas abre la puerta a la destrucción del sistema jurídico internacional construido tras la segunda guerra mundial. En los términos del maniqueísmo reinante, no hay espacio posible para confrontar ideas. Sin embargo, más allá de lo que cada uno pense de Maduro, Chávez o cualquier otro, lo que está en juego es si aceptamos que un país se atribuya el monopolio de la ética y la justicia para decidir quién merece ser invadido y quién no. Y ahí, sinceramente, no hay ironía posible: es simplemente inaceptable.
II. Del orden normativo al orden discrecional: Yalta y su disolución
1. Yalta como mito fundacional del orden normativo (1945-1991)
El orden surgido tras la Segunda Guerra Mundial (con Yalta como símbolo más que como texto jurídico) se apoyó en una tensión estructural que resumía conflictos anteriores, desde Westfalia a Versalles. Este orden descansaba sobre dos pilares aparentemente contradictorios:
- Por un lado, un discurso normativo: soberanía estatal, integridad territorial, prohibición del uso de la fuerza (Carta de la ONU, art. 2.4), autodeterminación de los pueblos.
- Por otro, un sostén material de poder a partir del equilibrio entre grandes potencias, la disuasión nuclear y las zonas de influencia tácitas.
Está claro que existía un orden hipócrita, pero de alguna manera estable. Las normas no anulaban la fuerza, sino que la encauzaban. El derecho internacional funcionaba menos como límite moral y más como lenguaje común de legitimación. Mientras ese equilibrio existió, incluso las violaciones se justificaban como excepciones, no como negación del sistema.
Después de las grandes guerras europeas, apareció un orden sustentado en lo jurídico pero con las dos fuerzas de la Guerra Fría, que posteriormente llegaría a una síntesis con la caída del Muro de Berlín. Es cierto que la democracia no garantiza la justicia social, pero al menos, bien concebida, garantiza igualdad ante la ley y Estado de Derecho. Reglas de juego para que no nos devoremos unos a otros.
2. El quiebre: del orden normativo al orden discrecional
Con el fin de la Guerra Fría se produce algo más grave que la caída de un polo, se produce la desaparición del incentivo para respetar las formas jurídicas de relacionamiento internacional. Estados Unidos (y luego otros actores) comienza a operar bajo una lógica distinta. No violan las normas, sino que las redefinen unilateralmente. No invaden: intervienen, presionan, desestabilizan, reconocen gobiernos paralelos, asfixian económicamente. No desconocen la soberanía, sino que la condicionan a su alineamiento político.
Aquí aparece una parte medular de nuestra tesis: la pérdida del orden basado en normas no implica el fin del poder, sino su des juridificación.
3. Venezuela como caso paradigmático, no como excepción
Venezuela no es un accidente, sino en realidad un síntoma. Las acciones de Estados Unidos (sanciones extraterritoriales, reconocimiento de Guaidó, congelamiento de activos, amenazas militares, tolerancia a operaciones irregulares como Gedeón) muestran una violación sistemática del principio de no intervención, el desconocimiento de la igualdad soberana de los Estados, y el uso de herramientas económicas como equivalentes funcionales del uso de la fuerza. Todo ello sin guerra declarada, sin autorización del Consejo de Seguridad, sin marco jurídico universal. Esto no es Yalta: es pos-Yalta sin reglas sustitutivas. La invasión a Venezuela constituye una escalada descarnada y obscena del “todos contra todos”.
4. Del “orden basado en normas” al “orden basado en la excepción”
Aquí la conexión teórica con Carl Schmitt es inevitable: “Soberano es quien decide sobre el estado de excepción”. El mundo actual opera de manera tal que las grandes potencias deciden cuándo una norma rige y cuándo no. El derecho internacional deja de ser general y se vuelve selectivo. La legalidad se convierte en instrumento narrativo del poder, no en su límite.
En Venezuela, Irak, Libia, Ucrania y Gaza encontraremos contextos distintos, pero una misma lógica: no importa ya la coherencia; importa la capacidad de imponer el relato.
5. Conclusión parcial: la disolución del orden
Las formas contemporáneas de intervención en Venezuela evidencian no una anomalía regional, sino la crisis estructural del orden mundial surgido tras la Segunda Guerra Mundial. Un orden que, aun sostenido por la fuerza, reconocía límites normativos comunes. Su erosión no ha dado lugar a un nuevo sistema estable, sino a una práctica internacional regida por la excepcionalidad permanente, la unilateralidad y la subordinación del derecho a la conveniencia estratégica. Dicho en términos menos diplomáticos: cuando las normas solo obligan a los débiles, ya no hay orden, sino simplemente administración del poder.
III. La desaparición de la forma jurídica
1. La falacia de la “intensidad” como criterio jurídico
Las categorías de “baja intensidad” (democracias, guerras, conflictos) operan como dispositivos ideológicos, no como conceptos jurídicos neutrales. Su función es simple: degradar el umbral de escándalo normativo. Pero desde el punto de vista del derecho internacional público, no existe una “soberanía de baja intensidad”, ni una “violación parcial” del principio de autodeterminación, ni una “intervención aceptable” por razones de oportunidad política. El derecho no protege “intensidades”; protege principios.
El secuestro de un jefe de Estado, la imposición de un “presidente reconocido” desde el exterior, el congelamiento de activos soberanos y la amenaza explícita del uso de la fuerza constituyen una transgresión plena y total, independientemente de que no haya habido una declaración formal de guerra. La ausencia de la declaración no atenúa el acto: lo agrava, porque rompe incluso con los rituales mínimos del derecho de guerra clásico.
2. La desaparición deliberada de la forma jurídica
La forma jurídica no desaparece por evolución histórica, sino por decisión política. La declaración de guerra, el casus belli, la autorización multilateral eran mecanismos de imputación de responsabilidad. Eliminarlos no es modernizar el conflicto; es des-responsabilizar al agresor.
Estados Unidos, y en particular la gestión Trump con su brutal sinceridad, no actuó desde la ambigüedad, sino desde la suspensión consciente del derecho: no reconoció al gobierno venezolano, pero sí a un gobierno ficticio; dispuso de bienes soberanos; amenazó con el uso de la fuerza y luego la utilizó efectivamente. Pero lo peor: hizo todo ello sin activar ninguno de los mecanismos jurídicos internacionales previstos. Eso no es una intervención “contemporánea”, sino una decisión soberana de colocarse fuera del orden normativo.
3. Trump no como anomalía, sino como revelación
Trump no es una excepción; es una explicitación. Lo que otras administraciones envolvían en retórica humanitaria, Trump lo expresó sin pudor: “Todas las opciones están sobre la mesa”, “Tomamos el petróleo”, “Reconocemos a quien nos conviene”. No hay cinismo mayor que llamar a eso realismo. Es, en rigor, la renuncia expresa a la universalidad del derecho. Por eso Trump no rompe el sistema, sino que dice en voz alta cómo funciona.
4. El verdadero quiebre del orden de posguerra
El orden surgido tras la Segunda Guerra Mundial no se caracterizaba solo por haber estado sostenido en la fuerza, sino por haber subordinado esa fuerza a una gramática jurídica común, incluso cuando se la violaba. Lo que hoy se pierde no es la paz, ni siquiera la estabilidad: se pierde la obligación de justificar jurídicamente la violencia. Cuando una potencia puede secuestrar simbólicamente a un presidente, vaciar de contenido la representación política de un pueblo y administrar sus recursos desde el exterior, y aun así presentarse como garante del orden, entonces no estamos ante un nuevo orden mundial, sino ante la disolución del concepto mismo de orden.
IV. El consentimiento social al desorden: una regresión civilizatoria
1. El extraño acompañamiento social a la erosión normativa
Esta toma de partido que vienen mostrando grandes sectores de la población, más allá de las operaciones de sentido de las cuales vienen siendo víctimas sistemáticamente, resulta sospechosamente extraño. Si existe un sistema que sacó al mundo (al menos en su gran mayoría) de las guerras permanentes de conquista que existieron del siglo XX para atrás, fue precisamente el sistema de Estado de Derecho y orden internacional normativo. Parecería que la gente no es consciente de que la desaparición del Estado de Derecho tal como lo concebimos desde la modernidad en adelante no es un avance para la humanidad, sino un retroceso. Volvemos a la época de la conquista, al medioevo, donde la rapiña, la conquista y la sumisión eran la manera de hacer funcionar al mundo.
Esta reflexión toca un nervio profundo e incómodo: no estamos ante un mero error de percepción de “las masas”, sino ante una naturalización cultural del retroceso jurídico, presentada, paradójicamente, como progreso.
2. El consentimiento al desorden
Resulta verdaderamente extraño. No es que existan potencias que intenten imponer su voluntad (eso es viejo como la historia), pero lo verdaderamente extraño y alarmante es el acompañamiento social a esa lógica. El sistema internacional surgido de la modernidad no eliminó la violencia ni transformó al mundo en algo moralmente justo. Pero sí redujo drásticamente la guerra permanente de conquista que caracterizó al mundo premoderno. El derecho, el Estado, la soberanía y la previsibilidad jurídica no fueron ornamentos morales, sino tecnologías civilizatorias para bajar el costo de la violencia. Que amplios sectores celebren hoy la erosión de ese sistema revela algo más inquietante que propaganda: revela una desconexión radical entre seguridad jurídica y vida cotidiana.
3. El mito del “avance” y la amnesia histórica
Existe una ilusión muy difundida: la idea de que toda mutación histórica es, por definición, un avance. Esto constituye una superstición del progreso. La desaparición del Estado de Derecho no nos lleva a algo nuevo, sino a algo anterior: arbitrariedad en lugar de norma, fuerza en lugar de procedimiento, lealtad personal en lugar de institucionalidad. Eso no es posmodernidad: es feudalismo con satélites. La diferencia es estética, no estructural.
4. La lógica del botín
Hay una clara y precisa analogía con la época de la conquista. El mundo premoderno funcionaba sobre tres pilares: la Rapiña como forma de acumulación, la Sumisión como forma de orden y la Violencia como lenguaje político. La modernidad jurídica, con todos sus horrores y errores, intentó reemplazar eso por contratos en lugar de botines, comercio en lugar de saqueo, previsibilidad en lugar de arbitrariedad. Cuando se desarma el derecho internacional, cuando la soberanía se vuelve condicional, volvemos exactamente a esa lógica, solo que con bancos en vez de castillos. De alguna manera, el orden y la seguridad jurídica aparecen como una necesidad justamente del liberalismo: la necesidad de comerciar, la necesidad de la circulación de bienes.
5. El liberalismo: enemigo retórico, padre real del orden jurídico
Muchos de los que celebran la erosión del orden jurídico lo hacen en nombre de un liberalismo mal digerido, cuando en realidad y paradójicamente, el liberalismo es el gran arquitecto del Estado de Derecho y de la seguridad jurídica. Sin reglas estables, sin protección de la propiedad, sin cumplimiento de contratos, sin límites al poder, no hay mercado, no hay comercio, no hay circulación de bienes. El capital odia la incertidumbre. La guerra permanente es un pésimo negocio… salvo para quien vende armas o compra países en liquidación.
6. ¿Por qué entonces este acompañamiento social?
Arriesgo una tesis impopular pero honesta: gran parte de la población no defiende el desorden por convicción, sino porque ha sido entrenada para despreciar la mediación institucional. El derecho se percibe como lento, plagado de procedimientos, burocrático, como una instancia que transforma la legalidad en un obstáculo. Y allí entonces aparece la fantasía del acortamiento, donde la fuerza resuelve lo que la norma demora. Pero ese atajo siempre terminara igual, ya que cuando la norma desaparece, la fuerza nunca juega a favor del débil.
7. Síntesis: no es progreso, es regresión
Dicho con una ironía amarga: nos vendieron la Edad Media como si fuera una actualización de software. La erosión del Estado de Derecho y del Orden Internacional basado en normas no representa un avance histórico, sino una regresión hacia formas premodernas de organización del poder, donde la conquista, el saqueo y la sumisión reemplazan a la ley, el comercio y la previsibilidad jurídica.
V. Estado de naturaleza internacional y multipolaridad sin ley común
1. Hobbes, Locke y el concepto de estado de naturaleza
La demolición contemporánea del Estado de Derecho y del orden internacional basado en normas no es un avance político, sino una restauración de aquello que Hobbes y Locke intentaron precisamente desterrar. Hobbes parte desde el miedo, ya que entiende que sin un orden común, la vida es insegura, imprevisible, y dominada por la violencia. El Leviatán no es un ideal moral, sino una solución pragmática al caos. Locke, aun desconfiando del absolutismo, no niega el problema: sin reglas, sin jueces, sin procedimientos, no hay propiedad, ni comercio, ni libertad efectiva.
Ambos consideran como esencial que el Estado de Derecho no es el enemigo de la libertad, sino su condición de posibilidad. La paradoja contemporánea es que se destruyen las normas en nombre de la libertad, y se termina restaurando exactamente aquello que la modernidad quiso evitar: la primacía de la fuerza sobre la ley. El miedo al poder concentrado del Estado ha sido utilizado para legitimar un mal mayor: la renuncia colectiva a las reglas comunes que hacen posible la convivencia, el comercio y la previsibilidad.
Allí donde la ley deja de ser general y pasa a aplicarse selectivamente, no emerge más libertad, sino el retorno a una guerra larvada de todos contra todos. La historia moderna no nació para glorificar la fuerza, sino para domesticarla, por lo que celebrar su regreso no es valentía política, sino más bien amnesia civilizatoria.
2. La desaparición del Estado moderno y los Leviatanes contemporáneos
Existen autores contemporáneos que discuten la crisis o desaparición del Estado moderno. La globalización, la fragmentación de soberanías y el auge de actores transnacionales son los ejes centrales de estos debates.
- Andrés Antonio Lau Piña (México), en su ponencia El fin del Estado moderno (2021), analiza cómo la globalización y la interdependencia económica erosionan la soberanía clásica del Estado-nación.
- Marcelo Garabedian (Argentina), en su texto El Estado moderno. Breve recorrido por su desarrollo teórico, señala que el Estado neoliberal y el debilitamiento del Estado de bienestar generan vacíos de poder que algunos interpretan como una “desaparición” parcial del Estado moderno.
- Zygmunt Bauman habla de la modernidad líquida, donde las instituciones sólidas (incluido el Estado) se disuelven en flujos globales.
- Giorgio Agamben analiza el estado de excepción como condición permanente, sugiriendo que el Estado moderno se vacía de contenido.
- David Held y Saskia Sassen estudian cómo la globalización y los actores transnacionales desplazan al Estado-nación, debilitando su centralidad.
3. Soberanía vulnerada y pérdida del orden mundial
La invasión o intervención de Estados Unidos en Venezuela puede leerse como un caso paradigmático donde se transgrede la soberanía estatal, principio que había sido consagrado como piedra angular del orden internacional desde Westfalia y reafirmado tras la Segunda Guerra Mundial. El Acuerdo de Yalta (1945), aunque nacido de la fuerza de los vencedores, funcionó como parámetro aglutinador, estableciendo un equilibrio normativo y geopolítico que, aun con todas sus tensiones, dio cierta previsibilidad al sistema internacional. Hoy, cuando ese orden normativo se erosiona y la fuerza vuelve a imponerse sin mediación institucional, asistimos al retorno de una lógica donde la norma ya no pacífica.
4. Múltiples Leviatanes sin árbitro común
Si trasladamos la metáfora hobbesiana al plano internacional, tras 1945 el mundo funcionó bajo un equilibrio entre superpotencias que regulaban el orden con reglas, aunque sostenidas en la amenaza nuclear y la fuerza. Hoy, con la hegemonía estadounidense en América Latina y la emergencia de otros polos (China, Rusia), se configura un escenario donde múltiples actores de gran poder compiten sin reconocer una autoridad normativa superior. En esa pugna, los Estados más débiles (como Venezuela) quedan reducidos a la condición de sujetos precarios: expuestos a la fuerza del más fuerte, sin garantías normativas efectivas. No estamos regresando a esta condición por ausencia de poder, sino por exceso de poderes sin ley común. Hobbes en versión multipolar.
5. Tesis central: multipolaridad sin ley común
La actual multipolaridad no parece estar inaugurando un orden más justo ni más democrático, sino reinstalando en cambio la guerra larvada a escala global. La erosión del derecho internacional y del principio soberano no responde a la ausencia de poder, sino se ve agravado en su caso por la coexistencia de varias potencias capaces de imponer su voluntad sin reconocer una ley común.
Estados Unidos, Rusia y China no disputan un nuevo contrato internacional: disputan quién puede decidir cuándo la norma rige y cuándo se suspende. En este escenario, Venezuela, Ucrania y Gaza no son conflictos aislados, sino territorios donde esta condición se manifiesta con crudeza: soberanías condicionadas, poblaciones convertidas en variables estratégicas y el derecho reducido a retórica selectiva.
Hobbes advirtió que allí donde no existe una autoridad común capaz de obligar, no hay ley, sino guerra latente. Locke agregó que sin reglas generales no hay propiedad, comercio ni libertad, solo apropiación por la fuerza. El mundo no avanza hacia un nuevo orden, sino hacia una competencia permanente entre potencias sin árbitro.
La paradoja es brutal: se destruye el Estado de Derecho internacional en nombre del realismo, y se termina legitimando exactamente aquello que la modernidad quiso evitar (la supremacía de la fuerza sobre la norma), ahora administrada por potencias que se presentan a sí mismas como garantes del orden que ellas mismas desmantelan.
En el orden internacional actual existen varias potencias con capacidad real de imponer decisiones, pero no existe una autoridad normativa superior que todas reconozcan como obligatoria. No hay un derecho común eficaz que limite su accionar cuando sus intereses estratégicos están en juego. Cada una invoca el derecho internacional solo cuando coincide con su conveniencia y lo suspende cuando no. Esto significa que no hay reglas generales, no hay previsibilidad, no hay igualdad jurídica entre Estados.
Los Estados débiles o intermedios quedan atrapados en ese escenario. Su soberanía es condicionada, instrumentalizada, o directamente ignorada. No son sujetos de derecho plenos, sino espacios de disputa. La tesis no es que la multipolaridad sea mala en sí misma, sino que una multipolaridad sin derecho produce más inseguridad, no más equilibrio. Cuando varios actores pueden usar la fuerza sin reconocer límites comunes, el resultado no es pluralismo, sino conflicto permanente administrado. Dicho de manera más sobria: la multipolaridad actual no corrige los abusos del viejo orden; los multiplica, porque combina poder concentrado con ausencia de reglas obligatorias.
6. Síntesis: la intervención como síntoma de disolución normativa
La intervención de Estados Unidos en Venezuela, al transgredir el principio soberano, revela la disolución del orden mundial normativo que había emergido tras 1945. Si el derecho internacional funcionaba como un equilibrio colectivo que contenía la fuerza, hoy asistimos a una situación donde prevalece el más fuerte. En este escenario, las potencias globales disputan la hegemonía, y los Estados periféricos quedan reducidos a la precariedad de la vida sin garantías.
Epílogo: Memoria histórica y miedo bien dirigido
No perseguimos aquí consensos ni complacencias ideológicas, sino memoria histórica y un miedo correctamente orientado. La erosión del orden normativo internacional no es una novedad ni un avance, sino el retorno a formas anteriores de organización del poder que la historia moderna intentó dejar atrás. La rapiña, la conquista y la sumisión no son innovaciones del siglo XXI, sino en cambio el criterio usual de toda la historia humana hasta que la modernidad jurídica las contuvo mediante reglas generales, procedimientos y límites institucionales.
Miedo bien dirigido, donde el enemigo no es el Estado de Derecho, sino su disolución. El verdadero peligro no es la lentitud de las normas, sino la velocidad de la fuerza sin límites. El problema no es que las instituciones sean imperfectas, sino que desaparezcan y sean reemplazadas por la voluntad arbitraria de quien tiene capacidad de imponerla.
La invasión a Venezuela no es un conflicto regional, ni un episodio aislado, ni una anécdota del gobierno de Trump. Es un síntoma de una transformación estructural más profunda: la disolución del orden mundial basado en normas, donde la fuerza vuelve a ser el criterio último de legitimidad. Lo más preocupante no es el hecho en sí, sino que amplios sectores lo legitimen y lo celebren, normalizando una regresión civilizatoria bajo la apariencia de progreso.
Desde la perspectiva filosófico-política que hemos desplegado, sostenemos que la historia moderna se construyó precisamente para domesticar la violencia mediante reglas comunes. El Leviatán, con todos sus defectos, no fue un ideal moral, sino una solución pragmática al caos. El contrato social, con todas sus limitaciones, no fue un ornamento retórico, sino una tecnología civilizatoria para bajar el costo de la violencia.
Celebrar el regreso de la fuerza sin ley no es valentía política ni realismo estratégico: es amnesia civilizatoria. Es olvidar que allí donde la norma desaparece, la fuerza nunca juega a favor del débil.
La emergente multipolaridad parece agravar esta situación en lugar de corregirla. No estamos ante la ausencia de poder, sino ante el exceso de poderes sin ley común. El resultado no es equilibrio ni pluralismo, sino conflicto permanente administrado, donde los Estados débiles quedan reducidos a espacios de disputa, a variables estratégicas, a territorios sin garantías.
Venezuela, Ucrania, Gaza: contextos distintos, misma lógica. Soberanías condicionadas, derecho internacional convertido en retórica selectiva, fuerza imponiéndose sin mediación institucional.
Este texto no es una defensa de Maduro, ni de Chávez, ni del chavismo. Es una defensa del principio que se transgrede cuando un Estado decide invadir militarmente a otro, secuestrar a su presidente y gobernar el país hasta que las cosas estén encaminadas. Porque si aceptamos eso como legítimo, si normalizamos la disolución del orden jurídico internacional, si celebramos el retorno a la ley del más fuerte, entonces habremos perdido algo que nos costó siglos construir.
Y no nos engañemos: lo que se pierde no es solo Venezuela. Es la idea misma de que la fuerza debe subordinarse a la norma, de que el poder debe justificarse jurídicamente, de que existen límites (aunque sean formales) al ejercicio arbitrario de la violencia.
Pero la historia no es ingenua. Y los que estudiamos derecho, filosofía política y pensamiento crítico tenemos la obligación de decir lo que vemos, aunque sea incómodo, aunque no genere consenso, aunque nos dejen afuera del maniqueísmo reinante. La tolerancia frente a estas conductas abre la puerta a la destrucción del sistema jurídico internacional construido tras 1945. Y la historia (esa educadora brutal) nos enseña que cuando las normas solo obligan a los débiles, ya no hay orden, sino simplemente administración del poder.
Este ensayo es una advertencia estructural, no una crítica ideológica. Es un llamado a recuperar la memoria de por qué construimos reglas comunes, de por qué domesticamos la fuerza, de por qué inventamos el derecho internacional. Porque sin esas reglas, sin esos límites, sin esa gramática jurídica común, lo que queda no es libertad ni progreso. Lo que queda es la guerra de todos contra todos, administrada ahora por potencias que se presentan a sí mismas como garantes del orden que ellas mismas desmantelan. Y eso, finalmente, no es un nuevo orden mundial. Es su disolución.
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